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La protección del consumidor

La unión europea y la protección de los consumidores

El mercado único de 300 millones de personas que constituye la Unión Europea debe garantizar una adecuada protección de los consumidores, tal como recoge el Tratado de Maastricht. Para contribuir a ello se elabora normativa europea en forma de

- Reglamentos directamente aplicables a todos los Estados de la UE.

- Directivas que fijan las directrices que deben seguir sobre un tema concreto los países miembros, los cuales deben adaptar su propia legislación para conseguirlo. Además de la
Directiva sobre seguridad de los juguetes, otros ejemplos son la publicidad engañosa, el comercio electrónico, la seguridad de productos, los aparatos eléctricos, la compatibilidad electromagnética, etc.

- Recomendaciones, que no tienen un carácter vinculante.

- Decisiones, que sí tienen carácter vinculante para el ámbito en el que se dictan, por ejemplo la prohibición de comercializar un producto elaborado en terceros países.

La Comisión Europea, a través de la Dirección General de Sanidad y Consumo, se encarga de elaborar la política de protección de los consumidores y de su salud. Existe también el Comité Económico y Social, que entre otros asuntos admite dictámenes que afectan a los consumidores, y el Comité Consultivo de los Consumidores, formado por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, que hace posible la expresión de la opinión del consumidor.

Entre las actuaciones políticas de la Comisión para proteger a los consumidores, podemos destacar su apoyo a:

-mejorar la transparencia informativa de los productos y mercados
-mejorar la confianza y protección a través de acciones de información y formación
-desarrollar el diálogo y la consulta de las organizaciones de consumidores con la Comisión y con las empresas.
-velar por la protección de la salud y seguridad de los consumidores de todo tipo de productos y servicios.
-asegurar la defensa de los intereses de los consumidores en otras políticas de la UE.

 
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