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Entorno familiar
Que los juguetes sean productos
de consumo generalizado, cuyos destinatarios principales
son los niños de hasta catorce años, determina
que la familia se corresponsabiliza de la seguridad
de los juguetes que pone a disposición de éstos.
Por ello, el entorno familiar debe
tener en cuenta determinadas obligaciones relacionadas
con el control de la seguridad de los juguetes:
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Comprobar que los juguetes
cumplen con los requisitos legales de seguridad
(marca "CE", nombre del fabricante, ...).
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Leer atentamente la información
que acompaña al juguete (etiquetado, advertencias
de riesgos, destinatarios, características
del juguete).
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Una vez adquirido, seguir
las instrucciones de uso y demás información
facilitada por el fabricante con respecto
al manejo o uso del juguete.
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Supervisar el juego en caso
de que así venga indicado.
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Informar y formar a los
niños sobre las medidas o precauciones
que deban tomar durante su uso.
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Adoptar una actitud diligente
y vigilante durante el desarrollo del
juego y con posterioridad al mismo, a fin
de que el juguete se guarde de forma adecuada
para que esté disponible posteriormente en
las mismas condiciones de seguridad. |
Además, durante toda la vida útil
del juguete, deberá encargarse de la supervisión
del mismo, a fin de controlar posibles riesgos
derivados de su uso continuado y consiguiente
deterioro, retirándolo del alcance de los niños
cuando se compruebe que ya no es seguro.
En el supuesto de que los niños
compartan entre sí juguetes y éstos salgan del
entorno familiar, deberá tenerse en cuenta que
los mismos se prestan en condiciones adecuadas
de seguridad, es decir, que no van a representar
ningún riesgo para los niños que los van a utilizar
y, en caso de que se hayan suministrado en el
momento de su compra con la advertencia de algún
riesgo o peligro, deberemos comunicarlo a los
adultos de quienes dependan, a fin de que puedan
seguir las pautas suministradas por el fabricante
durante su uso.
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